domingo, noviembre 19, 2006

PRINCIPIO DE CONGRUENCIA

PRINCIPIO DE CONGRUENCIA


Congruencia proviene del latín Congruentia, nombre del plural de Congruens, Congruentes, conveniencia, oportunidad.
En derecho se entiende la conformidad entre el fallo del juez y las pretensiones de las partes interesadas.

El articulo 448 del código penal, señala que el acusado no podrá ser declarado culpable por hechos que no constan en la acusación, ni por delitos por los cuales no se ha solicitado condena, entendido este principio en que si por alguna razón el fiscal no procede o no solicita la condena, de manera alguna el juez a su arbitrio podrá proferir sentencia condenatoria, solo le resta proceder a emitir un fallo de carácter absolutorio.

La violación al principio de congruencia es de por si una defensa al principio mismo de la defensa, plantea la Corte que la forma de presentarse ella es , cuando en situaciones donde las circunstancias genéricas subjetivas de agravación de la pena puedan servir de base para aumentarla, debe en al inicio mismo del proceso haberse insertado dicha agravacion , es decir, enunciadola de manera especifica y concreta en la acusación, y no presentarse intempestiva al momento del fallo, ya que esta situacion obliga a un análisis minucioso y valorativo de lo sucedido en la mente del autor y no puede ser objeto de un riguroso y apasionado interes del juez por aplicar recta y total justicia.

Cuando se presenta esta inconsonancia es deber del mismo juez omitirlas y proceder a remediar la anómala situación reconociendo la violación del principio y proceder a modificar.

Las normas que contiene la Constitución Política son fundamentales en cuanto a que expresan un mínimo de principios obligatorios y de estricto cumplimiento para los ejecutores de la norma, esos principios son de naturaleza orgánica y procedimental y otros de contenido material.
Los primeros señalan las tareas que debe cumplir el Estado, los segundos las metas que el Estado debe lograr, los principios y los valores máximos de la sociedad y los ámbitos de la libertad y derechos de los individuos y grupos.
El principio de la congruencia es de por si el que permite direccionar en un solo sentido el mismo proceso, ya que esto indica la legalidad de la acusación y que el acusado podrá de manera efectiva controvertir la imputación o acusación que se le hace sin que en el transcurso del proceso se encuentre con la desagradable situación de verse sorprendido por una acusación que desconocía pero por la cual el juez le imputa una pena.

El limite que implica el principio de la congruencia esta precisamente en que la acusación inicial debe ser concordante en un todo con el pronunciamiento final, fallo, es decir que solamente por las conductas que desarrollo la imputación inicial y posterior acusación realizada por el fiscal son las que deben ser objeto de miramiento por parte del administrador de justicia, para no ir contra el derecho de defensa, entre otros.
Violar este principio es violentar todo el andamiaje que conforma el ordenamiento jurídico de nuestro país.

No hay comentarios.: