domingo, noviembre 26, 2006

EL BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD



En días pasados tuve la oportunidad de escuchar una disertación sobre el bloque de constitucionalidad que me pareció muy interesante y me motiva para hoy escribir sobre el tema.

La noción proviene del derecho francés, y cobija en todas aquellas normas internacionales, principios y preceptos legales que aunque no se encuentran insertos como tal en la norma constitucional deben ser tenidos en cuenta por los juzgadores en el momento de proferir un fallo.

Al hablar de bloque de constitucionalidad es necesario mencionar el concepto de normas supralegales, las cuales son numerosas, y que conforman el ordenamiento jurídico internacional al que los estados de derecho se han acogido en atención a la garantía y respeto de los principios que rigen las naciones soberanas y respetuosas de los derechos humanos, el derecho internacional humanitario y los derechos de los ciudadanos.

Aquellas normas que no son cobijadas por la norma interna pero que por su misma esencia es necesario verla inmersa en la dinámica jurídica de un estado, pero como se dijo no esta integrada dentro de ese ordenamiento legal, como norma escrita primaria, pero que en nada es contraria a la misma, es decir, a la Constitución, por lo que es necesario tenerla en cuenta para poder fortalecer de manera especial a la misma, por lo que comparten por si , la misma jerarquía y poder de la norma incluida en la Carta Política.

Esto significa que no solo la norma constitucional es la llamada en últimas a ser la única resolutoria de una controversia, por lo que se puede decir que otras disposiciones pueden y deben ser tenidos en cuenta al momento de resolver asuntos legales.
Se dice tambien que existe una inseguridad juridica, por la ausencia de una directriz que impide la utilizacion de normas supralegales, afectando de manera ostensible el principio democratico o planteando la arbitrariedad judicial, que es tan utilizada por aquellos administradores de justicia arbitrarios y desconocedores de la bondad del derecho.
Aplicar con legalidad, prudencia y sabiduria los principios del bloque de constitucionalidad es simplemente aplicar con justicia la ley, la norma y fortalecer el ordenamiento juridico en beneficio del pronunciamioento mismo.

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