domingo, febrero 20, 2011

LOS BROTES CRIMINOSOS


Llego a mis manos una teoría que desconocía, direccionada por Pierre Grapin, retomada por Fernández Carrasquilla, y denominada por este ultimo los brotes criminosos; primero debemos decir que cuando se refiere los brotes es específicamente un término que nos indica que existen surgimientos de una criminalidad; y al ver cuales serian encontramos que existe la denominada INFRADELINCUENCIA, esta signada a las infracciones de orden penal de los inmaduros por edad cronológica o por una merma en su desarrollo, es decir afecciones evidentes en la personalidad; o por insuficiencias en la conformación de los conceptos ético-sociales que direccionan el buen vivir, o mejor el comportamiento social viable para poder convivir con normalidad,; en este concepto no se puede omitir los oligofrénicos, en cualquiera de sus modalidades y los débiles mentales.
Pero analicemos, la infradelincuenica , como es denominada nos lleva de primera mano a relacionar a quienes por su corta edad de vida en este mundo, no han logrado una madurez suficiente para entender la gravedad o mejor las consecuencias de sus actos, esto está relacionado con la voluntad , la cual en su corta edad esta apenas en una incipiente madurez sicológica que lo lleva actuar sin previsión, sin limitación, esa inmadurez que posee el joven lo lleva a ejecutar conductas recriminadas en el orden penal. Diría yo que esta insuficiencia esta sumada a la misma debilidad volitiva, es decir, su conciencia del manejo de la voluntad es tan frágil e insegura que es capaz de cometer actos o conductas desviadas sin predeterminar el resultado nocivo de los mismos, lo que realmente le produce tomar la postura de su conducta desviada es el deseo e interés de poder ingresar a la sociedad, al grupo cultural que le exige muestras especificas de diferenciación a los otros.
A su vez se ve involucrado en una confusión de valores de orden ético-social, ya que sus amigos le exaltan y exigen portarse de determinada forma para poder ingresar en ese grupo, pero por otro lado la sociedad, las reglas le indican que su comportamiento es ilegal, es contra natura, es anti ético, pero si sus valores son débiles caerá.
Por último, se dice sobre aquellos que tienen incidencia sobre su salud mental, es decir los oligofrénicos, en las diferentes modalidades que podemos decir según lo trae la enciclopedia así, primero la descripción del idiota, que es el ser humano incapaz de comunicarse, carente de actividad física, dependiente en un ciento por ciento de otro ser, e imposible de lograr una educación, con mínimo coeficiente intelectual. El otro seria el imbécil que se considera incapaz de leer o escribir, pero con acciones propias, con coeficiente intelectual no superior de 60. Viene así el morón, auto suficiente para realizar algunas tareas manuales y posee cierta capacidad cognitiva y de aprendizaje mínimo, ante situaciones de creación propia se nubla en su ejecución o resolución de un problema, su coeficiente es de 90. Por último está el idiota –sabio (savant) puede hacer manualidades, pero no crear por si solo, puede pronunciar algunas palabras, basado en repetición sin comprensión, pero a su vez puede llegar a tener episodios esporádicos de madurez y lucidez.
Aparece entonces el concepto de SEUDODELINCUENCIA, esta está señalada a quienes cometen conductas desviadas , enmarcadas en la normatividad penal, bajo fuertes presiones de trastornos patológicos de las instancias síquicas, en virtud de las cuales les es imposible determinar y conocer la ilicitud de sus actuaciones, dimensionar la magnitud de su actuación ilícita. Aquí lo que se está definiendo es el inimputable, lo importante en esta axioma está en la demostración del querer, del entender lo que se hace, de comprender la acción determinada en la norma, vale entonces demostrar que quien ejecuta la actuación desviada, no estaba en la psiquis como dañina, sino que su valoración ética- moral tenia para sí un bajo valor, diferente al normal de cualquier ser común y corriente. Lo que nos lleva a la denominación valorativa de la conducta, es decir, cuantificar cuanto se considera lesivo por parte del infractor su acción ante su conciencia, ante su racionalización de la actuación .Es decir aquí se encuentra es la valoración de la integridad ética de su actuación y no puede ser valorado desde el punto de vista de la ética del quehacer de un ser normal, conocedor de las diferencias de las conductas anómalas.
Por último seria la denominada EXTRADELINCUENCIA, concerniente a los delincuentes políticos, según el autor, es específicamente aquellos que se contraponen de manera determinada a la estructura real y concreta del orden estatal imperante, seria ni más ni menos aquellos que siendo personas comunes y corrientes con actuaciones diferenciales al de la sociedad , manifiestan su descontento, pueden ser llamados subversivos, visibles en la sociedad, pero ocultos en su manifestación estatal; el caso de los correos ocultos, que actualmente se está divulgando en las diferentes vías de internet, y son noticia importante en el mundo, que día a día espera a quien se le revelara sus comunicaciones secretas, ella está siendo manifestada en una persona que logro el acceso a los mismos y los divulgo masivamente, sería una clara manifestación de desprecio de una sociedad, que está siendo manipulada por el estado opresor que solo desea mostrar lo que desea, y ocultar lo que la sociedad no debe saber.

martes, febrero 15, 2011

LA CRIMINOLOGIA - HEINZ ZIPF


De la tendencia alemana, HEINZ ZIPF es un estudiosos critico e innovador de la criminología, en sus elogios académicos se encuentran varios libros direccionados a la temática de la Política Criminal, así como de la Criminalidad, hoy se pretende retomar uno de sus apartes confundido con los conceptos temáticos arriba descritos.
En su libro de material especifico sobre el tema titulado: Introducción a la Política Criminal, el autor plantea en uno de sus apartes sobre el concepto de la criminología lo siguiente: “la imagen total de la justicia criminal como un edificio que descansa sobre tres pilares: la criminología, el derecho penal y la política criminal”
Basados en esta definición procederemos a adentrarnos en la realidad arquitectónica de esta definición, porque si imaginamos un edificio, tal como lo enuncia el autor en comento, encontraríamos que la estructura de esa mole, que es la Justicia Criminal, tiene como cimientos los tres elementos bases.
Comencemos por la parte baja, es decir las bases, la primera de esta fortificación seria el mismo derecho penal; se tiene que el derecho penal tiene varias acepciones, la primera podría ser el denominado derecho penal subjetivo o ius puniendi; se puede definir entonces como la potestad o la facultad que posee el Estado para reprimir y castigar el crimen, es el fiel reflejo del denominado imperio o soberanía estatal. Es la autonomía específica y autónoma que posee el Estado para ejecutar e incluso imponer normas ceñidas y acordes con sus requerimientos, ellos pueden variar acorde a las circunstancias políticas y necesidades de cada estado y sociedad. Es el Estado, quien mediante sus herramientas normativas y coercitivas obtiene la prerrogativa exclusiva del poder de castigar a quien ejecuta una acción que ha sido signada como conducta desviada o lesiva para el correcto o mejor para el normal funcionamiento de la sociedad.
Se tiene que cada momento de la ejecución de esa potestad, única y exclusiva otorgada por la misma ley, que es promulgada por el estado, es decir es una ley acomodada a sus intereses y necesidades, por eso ese imperio o potestad es un privilegio auto concedido, es la típica imposición imperial, por la facultad que otorga Dios, lo que significa que no puede ser controvertida ni cuestionada; tiene una designación especifica por su incidencia en la misma situación activa de ejecución; así cuando se está creando la norma, mediante los actos legislativos, los consensos del parlamento, que se requiere para reprimir y controlar una determinada conducta lesiva se tiene el momento denominado potestad legislativa, que no es otra cosa que el movimiento senatorial o parlamentario, que conoce de las políticas y necesidades del aparato estatal, y trabaja para él , para poder mantener el control.
Continuando con el momento de la pretensión punitiva, que es nada más que el momento judicial, cuando el aparato jurisdiccional específico, creado para tal propósito desarrolla su embestida legal, enmarcando acorde con las normas la conducta a penalizar. Encontramos como por ejemplo en países como el nuestro este aparato judicial pretende, desbordando los limites propios de su capacidad y jurisdicción y competencia adentrarse en el manejo de la Cosa Política, inmiscuirse en los terrenos ajenos a la justicia, estar inmerso en todo el desarrollo social, vulnerando a sus antojo normas y preceptos legales.
Culminando con la facultad ejecutiva, que sería el instante de la concreción de la pena, que es la participación de lo penitenciario; es decir del estamento que se encarga de manera directa en ejecutar la pena a imponer; régimen que adolece de falencias evidentes en nuestro país, donde se ha demostrado hasta la saciedad sus deficiencias en cuanto a capacidad y resultados de resocialización.
Continuamos con la Criminología, ciencia especifica colaboradora del derecho penal, por el uso que el mismo Estado hace de ella; ella nos direcciona en explicar las razones del delito como un fenómeno individual y social, las afecciones que engendra en desarrollo de la comunidad y sus impactos. Se tiene entonces que el estudio científico de las causas de la criminalidad, sus consecuencias y la manera de como poder evitar o menguar su florecimiento es labor de esta ciencia, que apoyada por otras ciencias lograra definir de manera definida y concreta la manera de enfrentar los flagelos delictivos que acometen a una sociedad.
Por ultimo encontramos entonces la Política Criminal, es aquella que posee dos definiciones específicas, la primera considera que es la que efectúa el estudio crítico y en el tiempo de las normas jurídico penales y de las vías de orden institucional para una eficaz y valedera intervención.
Por otro lado es la acumulación de razones sociológicas, sicológicas y estadísticas que utiliza el estado para crear directrices, políticas de orden penal, social, económico, para enfrentar de manera efectiva, y controlar la realización y materialización de conductas desviadas que están afectando a la sociedad, estas políticas están encaminadas a que el estado se mantenga, y la sociedad pueda convivir en armonía, sin verse afectada por las desviaciones de unos pocos.
Pretender que los conceptos de un estudioso como el maestro Heinz puedan ser analizados por un incipiente conocer de la criminología rayan en una conducta nociva, pero al atreverme a analizar sus contenidos , solo pretendo crear controversia entre aquellos que por azar me leen, espero sus comentarios para así dar más luz a mi conocimiento.

lunes, febrero 07, 2011

LA ETICA Y LA CRIMINOLOGÍA

Afrontando el tema de la Ética, conversaba con mis alumnos que esta estaba íntimamente relacionada con la Criminología, y no se dejo esperar el asombro en las caras de quienes en ese momento departían conmigo; unos consideraban que no existía el menor riesgo de vinculo entre ellas, otros tímidamente señalaban que podía darse pero que era muy lejano; exponiendo sus razones esgrimían justificaciones tales como ambas son ciencias independientes, que la primera, la ética, cimentaba su saber en la rectitud del hombre; por otro lado la Criminología era la ciencia que indagaba las razones y circunstancias de las conductas desviadas del hombre, llegando a la conclusión que entonces solo las unía era el Hombre.
Procedí de manera humilde a comentar los siguiente: La Ética, es una ciencia especifica, científica, que desde los albores de antigüedad fue asumida, para su entendimiento por los filósofos, encontrando que incluso Pitágoras, matemático puro la estudio, posteriormente Platón, Aristóteles y no falto Sócrates, todos ellos miraron desde una percepción filosófica a la Ética; a sus vez ellos también dieron luces al saber de la Criminología, sin designarla como tal, pero manifestaban entre otras justificaciones que el que realizaba acciones delictivas era una ser irracional.
Ahora bien, adentrándonos en el contenido la temática especifica se observa que la Ética, ciencia especifica y con fundamentos específicos, es la que direcciona en el acto volitivo del ser a la negación o no de la ejecución material o intelectual de una conducta contraía, o mejor de una acción que en determinado momento social, temporal y espacial es considera contraria a las buenas costumbres y normas imperantes en el ámbito social.
Por otro lado la criminología, otra ciencia, soportada para su conocimiento en otras ciencias, sicología, siquiatría, antropología y otras mas, tiene como objeto primordial el de buscar las causas, razones , motivaciones y consecuencias de las conductas desviadas del ser humano, esto con el propósito de otorgar las herramientas necesarias al estado para que formule su Política Criminal.
Para obtener una coherente Política Criminal, adecuada a las necesidades del momento, en donde el Estado puede ejercer su vigilancia a la comunidad, es decir ejecutar el Control social, para así menguar y someter a quienes están fuera de las reglas especificas de una sociedad definida, y que la permean con sus acciones, las cuales deben controladas y sofocadas so pena de verse un incremento desmedido y descontrolado de estas acciones, el Estado debe crear en la sociedad existente un sentimiento de rechazo negativo a la actuación de aquellos que son lesivos a sus intereses; es esta la razón de la intima relación de la Ética y la Criminología, porque se presenta ante la sociedad una conducta que es dañina, que es anti ética, y que debe ser contrarrestada de todas las formas , es en ese momento que utilizando la aceptación social el poder estatal procede a la creación de normas subyugantes de la acción social y limitación sesgada de los derechos constitucionales, es la denominada Política Criminal, la que en ultimas será presentada como la salvadora de las situaciones adversas que enfrenta la sociedad.
Esta forma de Control Social, ya estudiante de antaño por criminólogos, es susceptible de verse en toda la historia del mundo, y se debe tener en cuenta que la Ética tiene cimientos desde la aparición misma del hombre, al reconocer la bueno o la malo; contrario a lo que le sucede a la Criminología, que es relativamente joven, ya que solo se menciona como tal por aparte de Topinard, en el siglo XVII, y se da a la vida con Lombroso, pero entra en sociedad de manera formal con el barón Rafael Garofalo ya en 1920.
Encontramos como en el antiguo imperio romano, en épocas de sublevación por la tiranía, un esclavo llamado Espartaco, reunió a cientos de su estirpe, y se enfrento al mas poderoso ejercito, la razones aducidas para que Pompeyo, general conquistador , decapitara y crucificara a todos aquellos que habían participado en esta revuelta, eran que estaban violando la Ética romana, transgredían todos los estamentos, todos los valores existentes en esa época, pero lo que interesaba al estado imperial era crear una Política Criminal tan fuerte que la muerte de mas de seis mil hombres en crucifixión fueran suficientes para opacar cualquier otra rebelión.
Por ultimo en pleno siglo XX, en la parte norte de Europa, encontramos como una nación, se dejo manipular en su Ética y creo la Política Criminal más aberrante conocida, La Solución Final, que era el exterminio de una raza por razones de envueltas en Ética, ellos habían derrotado el honor ario y manipulaban el comercio alemán, basados en estos principios Éticos se uso a la Criminología para que ella diseñara una Política especifica y normativa suficientemente impositora que permitiera la aceptación de la comunidad y el desarrollo de la brutalidad bajo el amparo de la defensa de la integridad, principio ético, del pueblo alemán.
La ciencia de la ética y la ciencia de la criminología , si han estado unidas en toda su historia , para bien o para mal, no olvides que las normas son neutras ellas no razonan, por ellas razonan los eres que las elaboran y promulgan.